22 Sep Me interesa una patrimonial
Me interesa una patrimonial. Con el objetivo de ahorrar impuestos nos podemos plantear crear una sociedad patrimonial. Este tipo de sociedad como tal no existe. No podemos crearla tal cual. Constituiremos una sociedad anónima o limitada que por sus características fiscales será considerada como patrimonial.
Para saber si me interesa una patrimonial en primer lugar tenemos que conocer su definición y características. Se considera sociedad patrimonial aquella que más de la mitad de su activo está constituido por valores o bien que más de la mitad de su activo no esté afecto a una actividad económica.
En la práctica existen patrimoniales que gestionan valores y patrimoniales que gestionan activos inmobiliarios.
Algunas utilidades de tipo operativo-organizativo:
-Se suelen crear para facilitar la transmisión del patrimonio. Si los bienes están bajo una empresa en la sucesión se recibirán participaciones, por lo tanto, se limitan o eliminan problemas en la desmembración del patrimonio.
-También son útiles para evitar riesgos de carácter empresarial separando los inmuebles de la actividad propia y así se evitarían embargos. Esta medida hay que analizarla en profundidad si supone una reducción del activo que será visto con lupa por agentes externos que nos proporcionan financiación, así que ojo.
Algunas utilidades de tipo fiscal:
-Si los inmuebles están a nombre de una sociedad no generan imputación de rentas como si estuvieran a nombre de una persona física. Esto puede suponer un ahorro importantísimo de impuestos.
-Los rendimientos obtenidos por este patrimonio tributan al tipo fijo del 25% en el impuesto de sociedades. En términos del IRPF están sujetos a una escala si se incluyen en la Base imponible general.
Por otro lado no podemos olvidar que las patrimoniales no se benefician del tipo reducido durante el primer año y el siguiente del 15% en el impuesto de sociedades. Tampoco podrán compensar bases imponibles negativas ni podrán aplicar los incentivos para empresas de reducida dimensión.
También recordar que las participaciones de sociedades con actividad están exentas en el Impuesto sobre el Patrimonio mientras que las participaciones de las patrimoniales no lo están.
¿Me interesa una patrimonial?, habrá que analizar caso por caso.
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