08 Jun Ingresos por vivienda turística de no residentes
Ingresos por vivienda turística de no residentes
Fiscal, 08/06/2019
A la hora de evaluar la fiscalidad de los ingresos por vivienda turística de no residentes en España, debemos diferenciar si se trata de un residente de la U.E. o bien de fuera de la unión.
Residente U.E.
Siempre y cuando resida en la Unión Europea y el inmueble se encuentre arrendado, tributará por el rendimiento neto obtenido de la diferencia entre los ingresos y los gastos deducibles. Si por el contrario, el inmueble se encuentra vacío y a disposición de sus titulares, al igual que ocurre con un residente en nuestro país, se generará lo que se denomina renta presunta, y por ella deberá tributar.
Residente fuera U.E.
Los rendimientos de capital inmobiliario obtenidos por personas no residentes que viven en un estado no perteneciente a la Unión Europea, tributarán sin descontar ningún tipo de gastos y a un tipo fijo más alto que los residentes en un país de la Unión.
Si es propietario de un inmueble en España, le será de utilidad conocer la tributación de los ingresos por vivienda turística de no residentes. También tiene la posibilidad de plantearnos cualquier tipo de consulta.
En nuestra asesoría fiscal en Benalmádena estamos para ayudarle.