06 Nov Derramas en local comercial
Derramas en local comercial. En la formalización de contratos de alquiler de local de negocio en los que se va a desarrollar una actividad comercial o profesional, son las partes las que libremente pactan las condiciones por las que se va a regir el contrato siempre que éstas no sean contrarias a la ley.
Dentro de las cláusulas y condiciones reflejadas, suele ser habitual incluir como responsable del pago de los gastos de comunidad al arrendatario. Pero ¿qué ocurre si hay que hacer frente a una derrama inesperada? ¿Quién es el responsable en este caso?. Os contamos qué ocurre con las derramas en local comercial.
Cómo hemos comentado, este contrato se rige por la voluntad de las partes y por lo tanto a eso habrá que atenerse, sin embargo, en muchísimas ocasiones, las cláusulas son poco claras. Si este es el caso, es decir, si no se especifica nada al respecto o la cláusula en cuestión es confusa, debemos aplicar la norma en materia de obras por la cual, las pequeñas obras y reparaciones necesarias para que el local esté en condiciones óptimas de funcionamiento son responsabilidad del arrendador, y sólo se podrá exigir al arrendatario los gastos o pequeñas reparaciones por el uso.
En conclusión, si en las cláusulas del contrato se recogen términos confusos o poco específicos como “es responsable de los gastos ordinarios”, deberemos acudir a la norma en materia de obras y ésta siempre irá a favor del arrendatario.
Redactar los contratos con claridad y concreción nos evitará más de un problema.
Puede consultarnos en relación a esta y otras cuestiones en nuestra asesoría para autónomos y pymes en Benalmádena.