Contabilización del descuento en combustible

Contabilización del descuento en combustible

Contabilización del descuento en combustible

Contabilización del descuento en combustible. Como sabemos, el gobierno, a través del RD-ley 6/2022 aprobó la rebaja en 0.20 euros por litro de combustible. Esta norma entró en vigor en abril de este año.

La duda que se planteaban los departamentos de contabilidad de las empresas era como tratar contablemente esta operación en la que se incluye un descuento de forma excepcional.

No vamos a encontrar tickest y facturas expedidas por las gasolineras con distintos formatos. En algunos el descuento se refleja directamente y en otros el desglose en factura muestra el descuento aplicado directamente en el precio haciendo referencia a la normativa.

Algunos consideran el descuento como una subvención o bonificación, otros como un descuento por pronto pago, otros le dan la vuelta indicando si el descuento está dentro o fuera de factura…etc.

A nuestro entender, y del análisis del artículo 16 del R.D y de la normativa contable, consideramos que la contabilización del descuento en combustible está clara ya que indica que la bonificación consiste en un descuento sobre el PVP, impuestos incluidos, por lo tanto, no debería afectar a la base imponible ni al IVA.

En ese sentido, si la compra fue de 55 euros de combustible con una bonificación de 5 euros, se debería registrar un gasto por 45,45 euros, un IVA soportado por 9,54 euros y 5 euros en la cuenta 740, aunque también cabría la posibilidad de reducir el gasto en el importe de la subvención (5 euros) pero sin tocar el IVA soportado. La contabilización por parte de las gasolineras será considerar el importe de la bonificación como un crédito frente a la hacienda pública.

Hemos comprobado que muchos contables y administrativos venían registrando la operación anterior con un cargo en la cuenta 628 por importe de 41,32 euros y un IVA soportado por 8,68 euros. A nuestro entender y según lo establecido en el artículo antes mencionado, es un error, sin embargo, la Agencia Tributaria estará encantada de esta forma de registro ya que sale claramente beneficiada. Consulta vinculante V0977-22.

Si quieres más información sobre ésta y otras cuestiones, puedes contactar con nuestra asesoría fiscal en Benalmádena.

 



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